Planteamiento
La regulación local del consumo de sustancias psicoactivas no tiene como objetivo promover su uso, sino desplazarlo del mercado violento. Al concentrar el consumo en espacios permitidos y regulados, se reduce la demanda en puntos clandestinos controlados por el narcomenudeo, se debilita la economía criminal local y se abren canales institucionales de prevención de la farmacodependencia y atención oportuna a la salud mental. Esta estrategia permite, además, liberar presión operativa sobre las policías municipales, que hoy actúan en contextos de alto riesgo y corrupción.
Municipio y capacidad institucional
Desde una perspectiva municipal, la regulación tiene un efecto institucional clave: reduce los incentivos para la corrupción y la impunidad tanto en policías como en fiscalías de justicia, cuyas jurisdicciones suelen exceder las capacidades reales del gobierno local. Lejos de debilitar al Estado, este enfoque permite ejercer control público de manera focalizada, preventiva y territorialmente situada, fortaleciendo la gobernanza local.
Pacificar no es militarizar
Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), en contraste con proyecciones demográficas del Consejo Nacional de Población (CONAPO), muestran que la estrategia de militarización —desde un enfoque ampliacionista— ha tenido efectos adversos sobre las capacidades municipales: desaparición de fondos locales, abandono de la policía de proximidad y pérdida de confianza ciudadana. En contraste, los municipios que han priorizado políticas preventivas, programas comunitarios, recuperación del espacio público y enfoques territoriales han logrado reducciones sostenidas de la violencia sin grandes despliegues armados (México Evalúa, 2025).
Evidencia empírica municipal
De acuerdo con México Evalúa (2025), durante el periodo 2021–2024, un municipio que implementó 85 acciones de política pública en seguridad preventiva logró reducir el narcomenudeo en 68.9% respecto a la media nacional y disminuir el nivel delictivo general en 54.1%. Del total de acciones implementadas, 61.2% correspondieron a medidas no penales, mientras que 38.8% incluyeron repercusiones penales, lo que confirma la eficacia de enfoques preventivos y administrativos frente a estrategias centradas exclusivamente en el castigo.
Instrumentos municipales clave
Una estrategia municipal de pacificación debe integrar:
Regulación local del consumo en espacios definidos.
Políticas comunitarias de prevención y atención a la salud mental.
Sanciones claras y proporcionales, no necesariamente penales, como el trabajo comunitario obligatorio.
Recuperación y mantenimiento de espacios públicos.
Reorientación de la policía municipal hacia esquemas de proximidad.
Estos instrumentos generan ahorros económicos y humanos para los municipios y fortalecen la cohesión social y la legitimidad institucional.
Límites y coordinación intergubernamental
La despenalización regulada del consumo no implica tolerancia frente a delitos graves. Secuestro, trata de personas, extorsión, violencia sexual y malversación de recursos públicos deben enfrentarse con penas más severas y capacidades de investigación fortalecidas, mediante una coordinación efectiva entre los niveles municipal, estatal y federal, sin recurrir a la injerencia de actores extranjeros.
Conclusión
El municipio no resolverá por sí solo la violencia en México. Sin embargo, ignorar su potencial equivale a insistir en una estrategia que ha demostrado sus límites. En un país diverso y desigual, la pacificación no vendrá de un mando centralizado, sino de respuestas locales, diferenciadas, planificadas y comunitarias. El municipio, lejos de ser el eslabón débil, puede convertirse en el actor decisivo para cambiar las reglas del juego.
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Fuentes de consulta
CPEUM. (15 de Octubre de 2025). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Obtenido de DOF: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
LGS. (07 de Junio de 2024). Ley General de Salud. Obtenido de DOF: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf
México Evalúa. (2 de Julio de 2025). La otra vía. Análisis de políticas municipales de seguridad pública, 2021-2024. Obtenido de México Evalúa: https://www.mexicoevalua.org/la-otra-via-analisis-de-politicas-municipales-de-seguridad-publica-2021-2024/
[1] En este informe se comparan a los 31 municipios que son capitales de todos los estados de la República Mexicana, excepto la Ciudad de México cuya estructura orgánica es diferente a la de los demás municipios, para analizar “las políticas preventivas, penales y no penales, que se vinculan territorialmente a la reducción de la violencia delictiva de alto impacto social” (México Evalúa, 2025).
[2] Los delitos penales asociados a los artículos 476 y 477 de la LGS son penas de tres a seis años de prisión y de ochenta a trescientos días multa por poseer una cantidad inferior a la que resulte de multiplicar por mil las cantidades previstas en la tabla y éstas sean para comercializar o suministrar, aún gratuitamente; y pena de diez meses a tres años de prisión y hasta ochenta días multa por poseer una cantidad inferior a la que resulte de multiplicar por mil las cantidades previstas en la tabla sin importar si éstas no son para comercializar o suministrar, aún gratuitamente.
[3] Contrario a lo establecido por el paradigma estadocéntrico, “el modelo ampliacionista propone una concepción más integral de la seguridad, reconociendo que las amenazas a la estabilidad no provienen únicamente de actores mi litares o políticos, sino que incluye procesos estructura les como la pobreza, la exclusión social, el cambio climático o la violencia interpersonal” (México Evalúa, 2025).